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jueves, 25 abril 2024 - 21:46:56
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El Juez condena a un hombre por causarle lesiones a su novia embarazada al quitarle el movil

El magistrado del Juzgado de Instrucción nº 3 de Teruel, que actúa en casos de violencia de genero condena a un hombre por causarle lesiones en la mandíbula y en la cadera a su novia, embarazada de tres meses, cuando intentaba quitarle el móvil.

En la sentencia se declara probado que Probado y así se declara que el ahora condenado ROBERT JUNIOR R. P., tras una discusión, cogió por el pelo a su novia, DÑA. “E”, así como le apretó fuertemente la mandíbula con la mano y, en último término, le propinó un fuerte puñetazo en la pierna izquierda.
El acusado ocasionó a la víctima,  de 24 años de edad, una contusión mandibular izquierda con ligero edema, unos menoscabos leves en mucosa oral, una contusión en regio gemelar izquierda con hematoma y una contusión en la cadera izquierda, precisando de cuatro días de perjuicio personal exclusivamente básico para su estabilización o curación con pérdida temporal de calidad de vida.
Asimismo la sentencia dice que  DÑA. “E” se encuentra embarazada de tres meses y el comportamiento del condenado la desestabiliza emocionalmente.La discusión que motivo dicha agresión obedeció a que D. ROBERT JUNIOR R. P. quería quitarle el teléfono móvil a DÑA. “E”.

Tambien considera probado que el ahora condenado  ya había empujado a la víctima,  en otras ocasiones .

Por estos hechos el juez condena al citado D. ROBERT JUNIOR R. P., como autor responsable de un delito de delito de violencia contra la mujer en su modalidad de lesión de menor gravedad, sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, con la pena de treinta y ocho (38) jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad; así como la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un periodo de un (1) año, cuatro (4) meses y dos (2) días.
Que igualmente acuerdo imponer al acusado, D. ROBERT JUNIOR R. P., LA PROHIBICIÓN DE APROXIMARSE A DISTANCIA INFERIOR DE DOSCIENTOS (200) METROS, RESPECTO DE LA PERSONA DE SU NOVIA, DÑA. “E”, ASÍ COMO AL DOMICILIO, LUGAR DE TRABAJO Y/O ESTUDIOS Y, EN ÚLTIMO TÉRMINO, LUGARES QUE FRECUENTE E, IGUALMENTE, A COMUNICARSE CON ELLA POR CUALQUIER MEDIO SEA INFORMÁTICO, TELEFÓNICO, TELEGRÁFICO, POR CARTA O CUALQUIER OTRA VÍA POSIBLE DURANTE EL PLAZO DE SEIS (6) MESES, A CONTAR DESDE LA FECHA DE DICTADO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
Que debo condenar y condeno al acusado, D. ROBERT JUNIOR R. P. a indemnizar a DÑA. “E” en la cantidad equivalente a ciento veinte (120) euros por las lesiones sufridas, así como los intereses legales que pudieren devengarse.

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